Un juez administrativo de Bogotá sancionó a al presidente Gustavo Petro con una multa por incumplir una orden judicial que le exigía retractarse de acusaciones contra un directivo del sector salud.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Veinticuatro Administrativo del Circuito de Bogotá, que determinó que el mandatario no acató una sentencia de tutela que protegía los derechos fundamentales al buen nombre, la honra y el debido proceso de Jaime Miguel González Montaño, exgerente de la EPS Coosalud.
El señor ex gerente de Coosalud, señor González, es un corrupto y los miembros de la junta directiva de Coosalud deben ser procesados por la fiscalía, así sean familiares de expresidentes.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) April 15, 2026
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El fallo establece que la orden judicial, emitida en noviembre de 2025 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, obligaba al presidente a retractarse públicamente y ofrecer excusas en un plazo de cinco días, lo cual no ocurrió dentro del término fijado.
Gustavo Petro desacato tutela: sanción impuesta por el juez
Dentro del incidente de Gustavo Petro desacato tutela, el despacho judicial concluyó que hubo incumplimiento reiterado de la orden, por lo que impuso una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Además de la sanción económica, el juez dispuso remitir el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que se adelante el grado de consulta, mecanismo mediante el cual se revisa la decisión adoptada.
El juzgado también advirtió que la obligación de retractarse sigue vigente, por lo que, de persistir el incumplimiento, podrían adoptarse nuevas medidas judiciales contra el mandatario.
Origen del caso de Gustavo Petro desacato tutela
El proceso judicial se originó por una serie de declaraciones y publicaciones realizadas por el presidente en la red social X y en intervenciones públicas, en las que señaló al entonces gerente de Coosalud de presuntas irregularidades en el manejo de recursos.
Entre las afirmaciones, el mandatario lo calificó con términos despectivos y lo vinculó con un supuesto aumento significativo de la deuda de la EPS, además de mencionar posibles operaciones financieras cuestionadas.
Sin embargo, durante el trámite de la tutela, los jueces concluyeron que dichas acusaciones no contaban con respaldo probatorio suficiente, lo que vulneró los derechos fundamentales del accionante.
Requerimientos previos y falta de cumplimiento
Antes de declarar el desacato, el juzgado había requerido al presidente para que informara sobre el cumplimiento de la sentencia, otorgándole un plazo adicional para demostrar acciones concretas orientadas a la retractación pública.
De acuerdo con el expediente, no se evidenció que el mandatario hubiera publicado disculpas ni realizado una intervención pública en los términos exigidos por la orden judicial, lo que llevó a formalizar el incidente de desacato.
El caso también incluyó referencias a supuestas denuncias trasladadas a la Fiscalía, pero durante el proceso no se aportaron pruebas que confirmaran la radicación de dichas actuaciones.
¿Qué sigue tras el fallo?
Tras la decisión judicial, el proceso continuará con la revisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que evaluará la legalidad de la sanción impuesta en el marco del incidente de desacato.
Entretanto, el presidente mantiene la obligación de cumplir con la orden inicial de retractación y excusas públicas. En caso de persistir el incumplimiento, el juez podría adoptar nuevas medidas, incluso de mayor alcance, para garantizar el respeto de la decisión judicial.
El caso de Gustavo Petro desacato tutela se suma a otros episodios en los que la justicia ha reiterado la importancia de proteger los derechos fundamentales en medio de controversias públicas, especialmente cuando involucran a altos funcionarios del Estado.
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