“La Ley de Garantías no se ajusta a la Constitución”: Procuradora Margarita Cabello

Margarita-Cabello-Procuradora-General-TW

En las últimas horas la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, explicó que la modificación a la Ley de Garantías Electorales y la Ley de Presupuesto de 2022, no se ajustan a la Constitución.

La jefe del Ministerio Público indicó “que debido a la especial fuerza que caracteriza a las normas estatutarias (como lo es la Ley de Garantías Electorales), no es posible constitucionalmente su modificación por medio de una disposición contenida en una ley anual de presupuesto”.

Le recomendamos leer: Sin mencionarlo, Gómez lanzó dura crítica a Petro, aseguró que el país no puede permitir que llegue al poder

Cabello por medio de un escrito sostuvo que no es posible incorporar una disposición estatutaria en una ley de presupuesto ante la afectación que implica para el principio de frenos y contrapesos.

La procuradora señaló que la Corte Constitucional ya había reiterado que no era posible modificar la Ley de Garantías por medio de una Ley Ordinaria.

“Es una disposición de contenido estatutario por tratarse de una prohibición asociada a la participación en política de los funcionarios públicos, es decir, un asunto que por mandato constitucional únicamente puede ser regulado mediante un trámite legislativo especial, que incluye el control previo de constitucionalidad que no tienen las leyes de presupuesto”, sostuvo la Procuradora Cabello.

Le recomendamos leer: Petro creó un equipo que procesará a los compradores de votos

La Procuradora advirtió que la vigencia de la prohibición de realizar contratos interadministrativos en época electoral que fue expedida en el marco de la reforma que permitió la reelección presidencial, no fue afectada cuando se eliminó dicha figura de la Constitución en el año 2015. Ello porque “se trata de una regulación que se refiere a la participación en política de los servidores públicos con ocasión de las diferentes elecciones, sin circunscribirse a los comicios para elegir al Jefe de Estado”.

Además, recordó que la prohibición de celebrar contratos interadministrativos es una regulación de la participación en política de los servidores públicos que está orientada a garantizar los principios de la función administrativa.

Le recomendamos leer: Fajardo salió en defensa de Petro tras criticas de Zapateiro

Frente a este caso, Cabello concluye en que declare la inexequibilidad de la norma demandada, siguiendo las reglas ordinarias sobre los efectos temporales de sus decisiones, así como atendiendo la jurisprudencia sobre la materia.