La Procuraduría General de la Nación, confirmó en segunda instancia, la sanción de destitución e inhabilidad por 20 años a siete soldados por acceso carnal violento en persona protegida y secuestro simple agravado a una menor de 12 años de la comunidad indígena Embera, , en zona rural del municipio de Pueblo Rico, Risaralda.
Se trata de los uniformados, Juan Camilo Morales Povea, Yair Stiven González, José Luis Holguín Pérez, Juan David Guaidía Ruiz, Oscar Eduardo Gil Alzate, Deyson Andrés Isaza Zapata y Fernando Mangaret Hernández.
El Ministerio Público desestimó el recurso de apelación presentado por la defensa de los militares, afirmando que “todos mantuvieron relaciones sexuales con una menor de edad por haber sido ella quien los provocó y los llamó para este tipo de encuentros“.
“Es irracional e inadmisible para la Procuraduría impugnar el fallo sancionatorio bajo el uso de estas falacias y agravia la dignidad humana de la víctima, insulta a la misma y a su familia que la defensa intente desvirtuar la responsabilidad disciplinaria invocando una justificación que funda en una supuesta costumbre indígena de empezar la vida sexual desde una edad temprana”.
Dijo la Procuraduría.
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La entidad agregó que en Colombia no está permitido mantener relaciones de ningún tipo con menores de 14 años, y menos cuando se trata de una niña indígena en situación de vulnerabilidad.