Pico y placa en Bogotá: Ya no será rotativo cada cuatro meses

Foto: @SectorMovilidad
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El Distrito reveló el decreto con el que se establecen los nuevos cambios de la medida del pico y placa que empezará a regir el próximo 10 de enero.

Desde el próximo 10 de enero empezará a regir en Bogotá un nuevo pico y placa con el que el Distrito buscará descongestionar las vías, conseguir más igualdad entre los conductores y evitar que las personas compren dos carros para así evadir la restricción.

Según establece el decreto que fue revelado en las últimas horas, los días pares podrán circular los vehículos cuya placa termine en 1, 2, 3, 4, y 5, y en los días pares los automóviles terminados en 6, 7, 8, 9 y 0. La restricción aplicará desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche.

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Sin embargo, el Distrito dio reversa a la rotación de la medida cada cuatro meses, el documento establece que esta decisión ya no aplicará pero las autoridades bogotanas pueden rotar la medida con aviso de 10 días a los conductores.

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“La Administración Distrital periódicamente y de acuerdo a los estudios que elabore la Secretaría Distrital de Movilidad podrá establecer la rotación aplicable para la restricción de circulación. En este caso, el referido acto administrativo, deberá ser publicado con mínimo 10 días calendario de antelación a la entrada en vigencia del cambio, para su correcta divulgación y apropiación por parte de la ciudadanía”, dice el documento.

Por otra parte, frente a la medida del pico y placa regional se establece que entre las 12:00 del día y las 4:00 de la tarde tendrán restricción los vehículos cuyo último número de placa sea impar, y entre las 4:00 de la tarde y las 8:00 de la noche no podrán transitar los automóviles que terminen en placa par.

Este es el decreto con la respectiva medida: