El Distrito espera que dejen de circular 1.800.000 carros particulares y 470 mil motocicletas, con lo que habrá un 57% menos de contaminación.
Este jueves 22 de septiembre se llevará a cabo la jornada del Día sin carro y moto decretado por la alcaldesa Claudia López, después de que fuera aplazado ya que normalmente se realiza en el mes de febrero. Además, la iniciativa también fue adoptada por las autoridades de los municipios de Chía y Mosquera.
La mandataria local explicó que con este día se espera un 57% menos de contaminación en el medio ambiente, pues saldrán de circulación alrededor de 1.800.000 carros particulares y 470 mil motocicletas, lo que reducirá también en un “63% las emisiones de material particulado 2.5”.
Recomendamos leer: FLIP alerta impunidad en asesinato del periodista Marcos Montalvo en Tuluá
En ese sentido, la burgomaestre invitó a los ciudadanos a usar bicicleta, caminar y movilizarse en transporte público, teniendo en cuenta que no se podrán utilizar los vehículos particulares entre las 5:00 a.m. y las 9:00 p.m.
Para tal objetivo, en Bogotá se cuenta con 598 kilómetros de ciclo rutas y el Distrito habilitó otros 107 kilómetros entre las 6:00 a.m. y a las 8:00 p.m.
Igualmente, el Sistema de Transporte Masivo TransMilenio inició operaciones a las a las 3:30 a.m. y cerrará hasta la 1:00 a.m. del viernes 23 de septiembre. Además, el 100% de la flota estará disponible.
Recomendamos leer: Cayó sicario señalado de asesinar al notario 76 de Bogotá y a su hermano
En cuanto al SITP, este utilizará todos los paraderos disponibles y se programarán más de 4 mil servicios adicionales. Por último, la alcaldesa señaló que TransMicable opera de 4:00 a.m. a 10:30 a.m.
Cabe recordar que las personas que incumplan esta medida pueden llegar a ser multados hasta por 500 mil pesos.
Estas serán las excepciones:
- Los vehículos y motos propulsados por motores eléctricos o híbridos.
- Los vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
- Vehículos de emergencia.
- Transporte escolar.
- Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
- Vehículos y motocicletas de las empresas de transporte de servicios públicos domiciliarios.
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
- Carrozas fúnebres.
- Motocicletas que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
- Vehículos y motocicletas de escuelas de enseñanza.
- Vehículos de transporte de valores.
- Transporte público.
- Vehículos y motocicletas para el control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
- Caravana presidencial.
- Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado.
- Vehículos y motocicletas de servicio diplomático o consular.
- Transporte asignado por la Unidad Nacional de Protección a personas que tengan medidas de protección.
- Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
- Transporte para el control de emisiones y vertimientos.