Ser jurado no es opcional: implica beneficios concretos, pero también sanciones severas para quienes incumplan sin una razón válida.
¿Cómo saber si fue nombrado?
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados a través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil, haciendo clic en “Elecciones 2026”, luego en “Congreso de la República” y finalmente en “Consultar aquí”, donde deben ingresar su número de cédula. También pueden verificarlo en la aplicación gratuita “aVotar”, disponible en Google Play y App Store.
El horario
Durante el horario oficial de votación, entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde, los jurados deben cumplir funciones como instalar la mesa, verificar la identidad de los votantes, entregar tarjetas electorales y registrar la votación. Deben presentarse a las 7:00 a.m. para la instalación de la mesa.
Los beneficios
De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral, los jurados tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo con el empleador dentro de los 45 días hábiles siguientes a la jornada electoral. A ese día libre se suma el medio día que ya corresponde por haber votado, lo que en la práctica puede equivaler a día y medio de descanso remunerado.
El jurado recibirá además un certificado que acredita su cumplimiento, documento útil para presentar en universidades, postularse a becas, convocatorias o realizar trámites ante la Registraduría
Las sanciones
Quienes sean nombrados y no se presenten sin una justificación válida podrían enfrentar multas de hasta diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, $17.509.050 pesos. En el caso de los servidores públicos, la falta puede derivar incluso en procesos disciplinarios que contemplan la destitución del cargo.
Las sanciones van más allá del ausentismo. Alterar los resultados electorales, introducir tarjetones de manera indebida o cometer voto fraudulento —como completar votos de personas que no acudieron a sufragar— son delitos penales que pueden acarrear entre cuatro y ocho años de prisión y multas de hasta doscientos salarios mínimos.
¿Y si tiene una excusa válida?
Cualquier solicitud de exoneración debe presentarse con los respectivos soportes, como certificados médicos, constancias de votación o documentos oficiales, los cuales serán evaluados por la Registraduría antes de emitir una decisión.




