No podrán expulsar de establecimientos a parejas LGBTI por demostrar afecto

Imagen referencial
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La Corte Constitucional determinó que los establecimientos de comercio no podrán estigmatizar ni expulsar a las parejas LGBTI por tener expresiones de afecto, como cogerse las manos, besarse y otras que no resulten obscenas.

El alto tribunal amparó los derechos de dos mujeres en Barranquilla quienes fueron reprimidas en una licorera por su condición sexual, debido a que según el fallo, el propietario del lugar impidió que las mujeres se dieran muestras de cariño porque afectaban el ambiente familiar del lugar.

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