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Mediante la resolución 1569 del 2020 el Ministerio de Salud emitió el protocolo de bioseguridad que establece las medidas para el consumo de bebidas alcohólicas en los restaurantes y bares de la nación.
La autoridad sanitaria también informó que los locales o establecimientos que no cuenten con la infraestructura necesaria para poder aplicar este protocolo no se le autorizará para la venta de licor.
En el protocolo emitido por el MinSalud, se estableció que los establecimientos deberán cumplir con las medidas de salubridad emitidas por el Gobierno Nacional para evitar el posible riesgo de contagio de coronavirus.
Estas son algunas de la medidas que exige el Ministerio para autorizar a los bares y restaurantes la venta de licores
- Establecer un punto de control en la entrada del establecimiento donde se efectúe el registro de ingreso de los clientes, la toma de temperatura, la autodeclaración del estado de salud, el uso correcto del tapabocas, y la realización del procedimiento de desinfección de manos.
- Garantizar la circulación natural del aire para disminuir el riesgo de la propagación, todos aquellos espacios cerrados deberán contar con una adecuada ventilación antes de comenzar su limpieza y desinfección.
- Garantizar el distanciamiento físico de dos metros entre las personas en las barras, en caso de que aplique.
- Garantizar el distanciamiento físico de dos metros entre mesas o grupos de personas.
- Señalar la distribución, de las mesas, sillas, barras, áreas comunes, en la medida de lo posible.
Por su parte, la Asociación de Bares, Asobares, celebró la decisión de las autoridades y del Ministerio de Comercio y del Ministerio de Salud, de autorizar este protocolo.