Estas son las nuevas medidas que se aplican en Bogotá para contener la propagación del COVID-19

BOGOTA

Foto: Anadolu

En Bogotá se aplicarán una serie de nuevas medidas restrictivas para contener la propagación del coronavirus (COVID-19) que, hasta la fecha, deja 16.404 contagiados, 393 muertos y 6.885 recuperados en la capital del país. 

La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, y el ministro de Salud, Fernando Ruiz, anunciaron que las medidas comienzan a regir a partir de este 16 de junio, entre las que se encuentra una estricta cuarentena en zonas donde aumentó la tasa de infectados. 

Hasta el próximo 1 de julio habrán nuevas zonas de cuidado especial en sectores de la capital colombiana como Suba, Engativá, Ciudad Bolívar y Bosa, esto debido al incremento en la tasa de contagios de COVID-19. Dichas zonas requieren de una atención especial para prevenir más contagios.

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López destacó que desde este martes “se restringe la movilidad, ingreso y salida de personas y vehículos de estos sectores y se declara en cerco epidemiológico de 14 días con las condiciones de cuarentena estricta que fueron implementadas en el Simulacro Vital. Es decir, solo podrán abrir los establecimientos comerciales de primera necesidad”.

También será adoptada la medida de Pico y Cédula en toda la ciudad excepto para ir a trabajar. 

“En los días impares no podrán acceder a servicios y establecimientos, las personas cuyo documento de identidad termine en digito impar. En los días pares no podrán acceder a servicios y establecimientos, las personas cuyo documento de identidad termina en digito par”, explicó la Alcaldía de Bogotá. 

La alcaldesa recordó que el uso del tapabocas continúa siendo obligatorio así como las medidas de distanciamiento social. 

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Cabe destacar que los trabajadores de servicio doméstico podrán reiniciar sus labores. Su jornada comenzará a partir de las 10:00 a.m. y los empleadores deberán garantizar el suministro de los elementos de bioseguridad y protección necesarios. 

“Los comercios informales funcionarán igual que el comercio formal, únicamente podrán ejercer entre las 12:00 del mediodía y las 11:59 p.m., habrá límites de carga máxima de vendedores, personas y carga de mercancía según el sector”, agregó la Alcladía. 

Por otra parte, las personas entre 18 y 69 años podrán llevar a cabo actividad física una hora diaria. Los niños y jóvenes entre dos y 18 años, así como los mayores de 70, están autorizados para ejercitarse de forma individual al aire libre tres veces a la semana, media hora al día. 

Entre las prácticas permitidas se encuentran caminar, correr, trotar y montar en bicicleta.