En cinco circunstancias la Policía puede abrir fuego a discreción

policias-disparo-noche-video (1)

Foto: Archivo referencial

Durante el debate de control político en el Senado de la República, donde se buscaba reconocer las causas por las que uniformados de la Policía Nacional abrieron fuego en diferentes ocasiones durante las protestas de la semana pasada, entre otras discusiones, el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, y la cúpula de la Fuerza Pública respaldaron el actuar de sus agentes del orden.

Le puede interesar: MinDefensa reconoce que Javier Ordóñez sí fue asesinado por policías

Frente a este caso, se adelantan las investigaciones para determinar la razón individual por la que más de 70 uniformados de la Policía Metropolitana de Bogotá accionaron su arma de fuego durante las manifestaciones ocasionadas por la muerte del abogado Javier Ordóñez, del pasado 9, 10 y 11 de septiembre.

Sin embargo, mientras este hecho se soluciona, el jefe de la cartera castrense señaló cuáles son las cinco situaciones en las que se les autoriza a los miembros de la Fuerza Pública hacer uso de sus armas de dotación:

  1. En defensa de la vida propia o de otras personas
  2. Cuando se trate de evitar el accionar de un delito particularmente grave que represente una amenaza para la vida
  3. Cuando haya peligro inminente de muerte o lesiones graves
  4. Con el objetivo de detener a un individuo que represente un delito grave, oponga resistencia o para impedir su fuga
  5. Cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida

Recomendado: ¿Iván Duque Policía?, esta fue la sorpresa que recibieron los uniformados en CAI de Castilla

Adicional a enumerar estas causales, el ministro Trujillo también reconoció que la muerte del abogado Ordóñez fue ocasionada por el actuar de los uniformados involucrados en el hecho, siendo la primera ocasión en la que se habló de un asesinato por parte de la Policía en esta situación.