Con el fin de que las organizaciones interesadas puedan presentar los informes de víctimas ante la magistratura con vencimiento del 21 de marzo, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Jurisdicción Especial para la paz (JEP), que hagan una excepción para ampliar el plazo designado.
En el Boletín número 185, la entidad informó que se optó por hacer este requerimiento en busca de que sea garantizada su participación ante la jurisdicción y al mismo tiempo sea efectivo el principio de igualdad, ya que las organizaciones en ocasiones han manifestado inconvenientes para dar cumplimiento con el término fijado, específicamente en aquellos territorios donde el conflicto no cesa.
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El Ministerio Público en comunicación dirigida a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas de la JEP, indicó que “las víctimas fueron reiterativas en indicar que existen circunstancias excepcionales que les han impedido presentar sus informes”, acorde a diligencias de observaciones organizadas en la segunda ronda de observación.
Allí entre las causas se observa las pocas garantías en materia de seguridad para los que son participes de la elaboración de dichos informes. Además, se presentan dificultades para reunir y procesar datos como consecuencias de las condiciones en las que está el orden público en las regiones.
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“El Ministerio Público asume como propia y respalda la solicitud de ampliación del plazo para la presentación de informes por parte de las organizaciones de víctimas, étnicas y de derechos humanos. Negar esta solicitud implica la transgresión del principio de centralidad de las víctimas, en tanto que se desconocen las barreras existentes para su participación efectiva”, dijo la Procuraduría en la comunicación, firmada por los cuatro delegados con funciones de intervención ante la JEP.
Cabe resaltar que reiteran la importancia que poseen cuyos informes como insumos para lograr que en los macrocasos sean identificadas las conductas de gravedad y representativas llevadas a cabo durante el conflicto armado y, en efecto, sean respetadas las obligaciones internacionales y en colaboración de víctimas y ciudadanía investigar, juzgar y sancionar este tipo de actos para que no se repitan.
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