La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, de la Jurisdicción Especial para la Paz – JEP, decidió negarle la libertad anticipada al general (r) Henry Torres Escalante, al considerar que el aporte de verdad ofrecido por el alto oficial no cumple con los suficientes parámetros para calificarse como “extraordinario”.
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“El plan de aporte a la verdad y las versiones que el general (r) Henry William Torres Escalante ha entregado a la Jurisdicción Especial para la Paz no cumplen con los parámetros de verdad plena exigidos por la JEP para acceder de manera anticipada a la libertad. Por ello, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas le negó el beneficio de la sustitución de la medida de aseguramiento por una no privativa de la libertad que había solicitado el alto oficial”, señala el documento.
Asimismo, afirma que el excomandante de la Brigada XVI del Ejército, seguirá recluido en la Escuela de Infantería Cantón Norte del Ejército Nacional, en donde cumple medida de aseguramiento decretada en el marco del proceso en su contra por hechos ocurridos en Aguazul (Casanare) en marzo de 2007. Esos hechos son estudiados por la JEP dentro del caso 03: ‘Muertes ilegítimamente presentados como bajas en combate por agentes del Estado’, conocidos como ‘falsos positivos’.
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La JEP aclara que Torres Escalante ha adoptado una posición exculpatoria, en donde manifiesta que no sabía sobre que las bajas de combate reportadas eran resultado de confrontaciones simuladas, además señala que durante su comandancia en la Brigada XVI del Ejército, nunca impartió ese tipo de órdenes.
La Jurisdicción aclara que hasta ahora no evidencian un aporte novedoso que supere lo que ya ha recopilado la jurisdicción ordinaria: “La Sala no vislumbra, hasta este momento, que el compareciente haya efectuado el aporte extraordinario de verdad que se esperaría en esta justicia transicional del comandante de una unidad mayor del Ejército Nacional en la que se presentaron más de 170 hechos constitutivos de muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate”, advierten los magistrados y magistradas en la resolución.
Por no cumplir con los requisitos de aporte temprano y extraordinario a la verdad, la @JEP_Colombia no concede libertad anticipada al general (r) Henry Torres Escalante. #Comunicado: https://t.co/KBSnQ0muro
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) September 10, 2021
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