JEP no podrá revisar tutelas que no sean de su competencia: Corte Suprema

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La Justicia Especial para la Paz solo podrá revisar tutelas que sean de su competencia, así lo establece una sentencia de la Corte Suprema de Justicia.

Esta señala que el tribunal solo tiene competencia “para conocer las tutelas instauradas contra acciones u omisiones de los órganos de la JEP”.

La alta Corte le recuerda a los magistrados de la Justicia Especial que si reciben una tutela contra un órgano ordinario, deberá remitirla.

De acuerdo con lo señalado por la corte “el tutelante básicamente requiere que la Secretaría Ejecutiva para la JEP, ante quien ha radicado dos derechos de petición, responda sus solicitudes dado que ha actuado de manera negligente y notoriamente retaliativa, manteniendo un silencio administrativo’.