El 19 de noviembre de 2020, Favio Alirio Quiroz fue condenado a seis años de prisión por el delito de violencia intrafamiliar por agredir a su esposa, Carmen Elisa Mesa, con quien llevaba 18 años de casada; la razón del ataque fue porque tomó el celular de su esposo para revisar las conversaciones en WhatsApp.
El pasado jueves 15 de abril se conoció que el Tribunal Superior de Bogotá redujo la condena del agresor a ocho meses, ya que los hechos se “desencadenaron a partir del comportamiento de la víctima”, según lo señaló el Tribunal.
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De acuerdo al fallo del Tribunal, Quiroz “obró en legítima protección de un bien jurídico tutelado con rango de derecho fundamental (la intimidad), ante el riesgo inminente de vulneración por parte de su excompañera sentimental”.
El hecho ocurrió el 20 de noviembre de 2017, y conforme a la narración sobre el suceso de la víctima, Carmen Elisa declara que ella tomó el celular de su pareja para averiguar si tenía una amante, ante esto, Quiroz la tumbó hacia la cama, le puso las rodillas en su pecho, sujetándola fuerte, con el objetivo de quitarle el celular, así, Carmen logró escapar para protegerse encerrada en el baño.
Después del suceso, la víctima fue incapacitada por cinco días tras las lesiones.
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En el primer fallo, se descubrió que Quiroz sí le estaba siendo infiel a su esposa con su exjefe, además, el agresor argumento que él también había sido víctima de maltratos por parte de Carmen, Asimismo agregó que las psicólogas Denice Álvarez Ayala y María Angélica Mora, quienes atendieron a la agredida, “no fueron testigos presenciales de las circunstancias ya referidas, razón por la cual no deben ser valoradas”
Al final, la reducción se dio por el argumento del Tribunal: “El episodio de violencia intrafamiliar se desencadenó a partir del comportamiento indebido de la víctima, quien, según su propio relato, intentó tomar el teléfono celular del procesado con la finalidad de acceder a sus conversaciones de WhatsApp, lo cual constituye una flagrante vulneración del derecho a la intimidad de este, lo que suscitó la reacción del titular del derecho”.