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Tal y como sucedió hace unos días con respecto a la demanda que llegó hasta la Sala Plena de la Corte Constitucional, sobre la penalización completa del aborto en el país, esta tarde se anunció que el alto tribunal decidió abstenerse de tomar una decisión frente a la petición que llegó hasta su despacho sobre el uso libre del gas pimienta, rociadores, aspersores.
Esta demanda que llegó hasta la Corte esperaba que los mencionados, o cualquier otro tipo de elementos para la defensa personal pudieran ser usados por quienes se vieran en condición de peligro en lugares públicos del país, sin embargo, debido a los requisitos que exigió la ciudadana dueña del alegato, el alto tribunal decidió no actuar frente al mismo.
“Solo se considera como contrario a la convivencia si ocurre en lugares abiertos al público, en los cuales; o se desarrollen aglomeraciones de personas; o se consuman bebidas embriagantes”, sostuvieron los ministros de laSala Plena.
Dicha demanda esperaba modificar el artículo 27 del nuevo Código de la Policía, mismo que consideraba prohibido el uso y porte de gases, espray o aspersores en lugares donde se puedan presentar multitudes, y dichos elementos puedan significar un peligro para la comunidad en cuestión, por lo que el mismo permanecerá como si nada.
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Por otra parte, se le recuerda a la comunidad que las autoridades policiacas tienen la responsabilidad de incautar todo material de este tipo que sea encontrada en lugares donde se registren aglomeraciones de personas, por lo que se pide no portarlos hasta que la reglamentación pueda cambiar.





