Corte revisará si la requisa viola el derecho a la intimidad

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Foto: Policía Nacional

Ante la Corte Constitucional fue demandado el apartado del Código de la Policía que autoriza el procedimiento de requisar a la ciudadanía, pues ya son varios los alegatos que se han presentado, donde se asegura que este artículo permite que no exista una regulación sobre los procesos que realizan los agentes uniformados, inclusive, algunos sostienen que se viola el derecho a la intimidad.

La acción judicial fue interpuesta por un estudiante de derecho quien justificó que las requisas estipuladas en el Código de Policía representan una clara violación a los derechos fundamentales, tales como el de la intimidad, el del debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa; precisamente, este alegato se presenta ante el reinicio de las movilizaciones en todo el país.

“Se presenta una desigualdad con el ciudadano de a pie, en cuanto al contacto físico, ya que la Policía es un cuerpo civil armado, a su vez no son claros y expresos los métodos y circunstancias de tiempo y modo en que ha de desarrollarse este procedimiento”, señaló el demandante.

Por otra parte, el estudiante justifica que también se viola el derecho a la libertad, ya que las personas no pueden ser conducidas en contra de su voluntad a las estaciones de Policía, cuando el uniformado considere que este debería ser el proceso; no obstante, la discusión se trunca con el argumento por parte de la institución policial, pues ellos consideran que estos traslados no representan una medida desproporcionada.

Tras la demanda, y antes de que el miércoles la sala plena de la Corte Constitucional revise esta demanda, se dio la opción al Ministerio de Justicia, a la Policía, a la Procuraduría, al Instituto Colombiano de Derecho Procesal y la Universidad Externado de Colombia para que expresen sus argumentos en contra del alegato y hasta ahora, ninguno de ellos fue favorable a la acción judicial.