La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró en las últimas horas urgencia nacional para estudiar las 30 demandas en contra de las modificaciones que se le realizaron a la Ley de Garantías durante la aprobación del Presupuesto General de la Nación.
Específicamente las demandas se dan contra el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, con el cual se permite a la Nación celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General “con el propósito de promover la reactivación económica durante el 2022”.
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“Por existir razones para considerarlo como un asunto de especial trascendencia social y prevenir la eventual grave afectación del patrimonio público, impartir el trámite de urgencia nacional a los expedientes acumulados de la referencia por lo cual deberán ser tramitados y fallados preferentemente según lo previsto en el artículo 9 del Decreto 2067 de 1991, el artículo 63A de la Ley 270 de 1996, adicionado por el artículo 16 de la Ley 1285 de 2009 y el artículo 42 del Reglamento de la Corte Constitucional”, indicó la Corte.
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En las demandas, interpuestas por políticos, ciudadanos, abogados, entre otros, se argumenta que que la aprobación de este artículo puede generar alguna injerencia en las elecciones al Congreso de la República y la Presidencia, abriendo la puerta a “favorecer a algunos sectores políticos y hasta para financiar la compra de votos en algunas regiones del país”
Sin embargo, la Sala Plena de la Corte rechazó el “pedido de los efectos de la ley como medida provisional” sobre la ley de presupuesto por considerar que es incompetente en esta materia. No obstante, si al término del análisis y proceso los magistrados del Alto Tribunal declaran la Ley demandada como “no viable”, la misma quedará suspendida y no se permitirá que la Nación celebre convenios interadministrativos con las entidades territoriales.