Corte Constitucional determinó que colegios no pueden prohibir noviazgos

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Foto: Archivo

La Corte señaló que los colegios no pueden prohibir, por medio los manuales de convivencia, las relaciones afectivas entre los alumnos.

El alto tribunal falló a favor de una joven, menor de edad, a la que el colegio le retiró la matricula por tener una relación con uno de los estudiantes del colegio y por estar embarazada.

La menor aseguró que al momento de ir a solicitar la matricula para inscribirse a la institución, la rectora de la entidad educativa se la negó, argumentando que en el manual de convivencia estaban prohibidas las relaciones de novios entre los estudiantes.

Aparte de eso, la funcionaria también añadió que su condición de embarazada la afectaba para comenzar a realizar las practicas en el programa de educación técnica.

Ante la polémica, el alto tribunal ordenó a las instituciones modificar las partes de los manuales de convivencia en donde se afecten los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.