Comenzó la prohibición del uso de asbesto en Colombia

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Foto: Archivo

A partir de este viernes entra en vigencia en Colombia la Ley 1968 de 2019, que prohíbe el uso del asbesto y se establecen garantías de protección a la salud de la ciudadanía. La norma prohíbe la explotación, producción, comercialización, importación, exportación y distribución de cualquier variedad de este mineral o productos derivados en Colombia.

La prohibición, no obstante, no aplicará al asbesto instalado en el país antes del 1 de enero de 2021.

La ley busca “preservar la vida, la salud, y el ambiente de los trabajadores y todos los habitantes del territorio nacional frente a los riesgos que representa la exposición al asbesto para la salud pública, colectiva e individual en cualquiera de sus modalidades o presentaciones”.

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El Gobierno dispondrá de un periodo de cinco años, que empieza a contar a partir de la promulgación de la norma, para formular una política pública de sustitución del asbesto instalado en el país. Durante este periodo, los Ministerios de Trabajo, Salud y Protección Social, Ambiente y Desarrollo Sostenible y Comercio, Industria y Turismo deberán establecer las medidas regulatorias necesarias para dar cumplimiento a la norma.

La Ley 1968 también estipula que estos ministerios tienen la responsabilidad de determinar las medidas necesarias para garantizar la identificación y reconversión productiva de los trabajadores relacionados con la cadena de extracción, procesamiento, almacenamiento, distribución y comercialización del asbesto, y las medidas para identificar y monitorear la salud de estos trabajadores por un lapso mínimo de 20 años.

Por medio de esta ley se decretó, además, que la prohibición del mineral en el territorio nacional no deberá “obstaculizar las relaciones laborales o generar el despido o terminación del contrato de ningún trabajador, en razón del proceso de sustitución. Lo anterior, pretende evitar el impacto desproporcionado de la prohibición sobre los empleados de las empresas que usan asbesto”.