Comienza la restricción de vehículos de carga en la calle 13, en Bogotá

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A partir de este lunes 19 de noviembre comenzó a regir la restricción para los vehículos de transporte de carga de 2 o más ejes con capacidad de carga superior a 7 toneladas, en la Avenida Centenario (calle 13), en Bogotá.

La medida aplica entre las 6:00 a.m. y las 8:00 a.m. en los dos sentidos en el tramo comprendido entre el río Bogotá y la Avenida Boyacá de acuerdo al Decreto 593 de 2018, que busca mejorar las condiciones de calidad del aire en la zona sur occidental de la ciudad y la movilidad del corredor.

Desde hoy y hasta el próximo 19 de diciembre habrá comparendos educativos pero desde el 20 de diciembre quién incumpla la restricción deberá pagar 390.000 pesos.

Los líderes caminoneros protestan por la medidas ya que aseguran que les traerá pérdidas monetarias. 

Estos son los beneficios y exepciones de la medida según la Alcaldía de Bogotá:

¿Por qué esta restricción?

El corredor Avenida Centenario (calle 13) se caracteriza por una elevada demanda de transporte de pasajeros. En un día normal, se realizan 86.656 viajes de transporte intermunicipal, registrándose un total de 49.262 viajes de ingreso a la ciudad y 37.393 viajes de salida, correspondientes a las rutas intermunicipales de la Sabana. De estos viajes, en el periodo de 6 a.m. a 8 a.m. ingresan y salen de la capital 8.204  y 7.244 pasajeros, respectivamente.

Así mismo, se registra una frecuencia elevada de transporte intermunicipal, con un bus cada 20 segundos, dado que es el periodo pico asociado a la demanda de viajes hacia Bogotá D.C. provenientes de los municipios aledaños como: Mosquera, Funza, Madrid, Facatativá, Cota, Bojacá y Cajicá.

¿Que beneficios traerá?

Al coincidir con las horas del día en que es mayor la concentración atmosférica de un contaminante como el material particulado (PM), no sólo se reducen las emisiones generadas por vehículos, sino que se mejoran las velocidades de rodamiento del resto de flota que circula por el corredor reduciendo los episodios de arrancadas y frenadas que son partes del régimen de marcha de los motores en que más emisiones se generan.

Según inventarios de emisiones de fuentes móviles (transporte) desarrollados por la Secretaría de Ambiente, el transporte de carga es el responsable de cerca del 43% de las emisiones de PM. Con la implementación de la medida se estima que se puede lograr una reducción cercana al 29% en las emisiones en el corredor de la Avenida Centenario durante el período de restricción.

Vehículos exentos de la medida

Es importante recordar que los vehículos de emergencia, de valores, de alimentos perecederos, animales vivos, flores y gases medicinales, de operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios en servicio, de transporte de materiales y maquinaria para obras públicas que se encuentren en servicio, siempre y cuando la obra asociada a la actividad, cuente con el Plan de Manejo de Tránsito – PMT – aprobado y vigente de acuerdo con los lineamientos definidos en el respectivo concepto técnico y de combustible están exentos de esta medida.

El Decreto incluye nuevas excepciones a: vehículos de transporte de acero que se encuentren cargados; vehículos de transporte de concreto tipo hormigonero, que se encuentren cargados o vacíos; y a las empresas de transporte de carga que estén vinculadas al programa de autorregulación ambiental, establecido en el Decreto Distrital 174 de 2006.