La Corte Constitucional concluyó que Migración Colombia y la Policía Nacional se equivocaron tras utilizar mal la figura de “traslado por protección”, violando los derechos de 50 migrantes venezolanos que fueron expulsados en el 2019.
Dentro de la detención, las autoridades informaron que se realizaba bajo la figura de “traslado por protección” y por esto fueron trasladados al aeropuerto de Catam en Bogotá con destino a Inírida (Guainía) y dejados en el río Orinoco.
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El tribunal explicó que esta detención fue arbitraria y desproporcionada ya que “se desconoció la prohibición de expulsión colectiva de migrantes“
Por lo que ordenó rehacer la actuación sancionatoria y revisar nuevamente el caso, “en caso de determinar la ausencia de razones o motivación que justifique la sanción de expulsión, deberán ofrecer excusas públicas por el trato otorgado”
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Asimismo, compulsó copias a la Fiscalía y a la Procuraduría, abrir investigaciones por la expulsión de los ciudadanos venezolanos.
Cabe mencionar, que siete migrantes, por medio de una tutela, pidieron tumbar las resoluciones con las que Migración Colombia ordenó su expulsión.