Registradores podrán abstenerse de inscribir nombres que puedan generar burlas como Miperro o Belcebú

Foto: Registraduría Nacional
Foto: Registraduría Nacional

Aunque la norma no limita la libertad que tienen los padres para asignar el nombre que deseen a sus hijos, los funcionarios de la Registraduría podrán abstenerse de inscribir nombres que puedan atentar contra la dignidad de la personas, ya que puede tratarse de descripciones ofensivas o denigrantes.

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Según explica la entidad, en situaciones donde se presenten este tipo de casos, los funcionarios podrán recurrir a un defensor de menores para que intervenga sobre la denominación que ese padre quiere para su hijo, sin embargo, los “funcionarios notariales no están en la obligación de suscribir ese tipo de nombres“.

“No se niega la inscripción, pero sí, hay oposición de escribir en el registro notarial una expresión grotesca y ofensiva que de ninguna manera describe la personalidad o individualidad de ese menor, por consiguiente, se podría apelar a la objeción de conciencia que se encuentra claramente regulada en la Constitución Política”, señaló el Director Nacional de Registro Civil.

De acuerdo con cifras de la misma Registraduría, al 31 de diciembre de 2020 se inscribieron 619.505 niños cuyos padres les pusieron, entre otros, nombres de artistas y deportistas mundialmente conocidos como Cristiano, James, Neymar, Maluma y algunos un tanto exóticos como Chespirito, Warnerbro y Joku.

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Igualmente, varios colombianos intentaron acudir a la creatividad y registraron nombres como Vanderlein, Messi Andrés, John Crazy, Bellaflor, Britney Cristal, Alison Lupita, los cuales son aceptados por no tornarse denigrantes u ofensivos para la niña o el niño recién nacido.