El Ministerio de Defensa tiene preparado el decreto con el que se busca prohibir el uso de armas traumáticas en Colombia, uno de los elementos que es más utilizado por los delincuentes para atracar a los ciudadanos.
De acuerdo con el documento, el decreto establece que este tipo de artefactos son armas de fuego, y por lo tanto un ciudadano debe contar con los respectivos permisos para portarlas, dependiendo de cada caso.
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Las personas naturales que quieran obtener el permiso para portar un arma traumática deberá presentar la cédula de ciudadanía, el certificado de aptitud sicofísica expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar, un certificado de manejo de armas expedido por el Departamento de Control de Comercio de Armas, municiones, y Explosivos, entre otros documentos.
Por su parte, quienes prestan el servicio de Vigilancia y Seguridad Privada tendrán que presentar la cédula del representante legal de la empresa, el concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, y la factura de venta o declaración de importación del arma.
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Estos documentos deberán ser entregados al Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del comando de las Fuerzas Militares, quienes tendrán un plazo de 10 días hábiles, después de la solicitud, para analizar el caso y establecer si la persona puede portar el arma o, por el contrario, negar la petición.
El Ministerio espera que el decreto sea expedido a finales del mes de septiembre.