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Hace unas semanas, la Corte Constitucional ordenó al Estado colombiano que en busca de velar por la dignidad de las mujeres habitantes de calle, deberá realizar un plan de acción que garantice el suministro de toallas higiénica para estas personas que se encuentran en condición de vulnerabilidad.
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Para cumplir el fallo, el alto tribunal obsequió un plazo de 2 meses a la administración de Bogotá para que organice las acciones pertinentes que garanticen el suministro de estos elementos de aseo a estas mujeres.
“Ordenar a la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá, que, en un plazo no superior a los dos meses siguientes a la comunicación de la presente providencia, implemente un plan de contingencia, que comprenda acciones concretas para suministrar los insumos absorbentes idóneos para la higiene menstrual a favor de los integrantes de la población de mujeres en habitanza de calle”, dice el fallo.
A pesar de la decisión, el Concejo de Bogotá, en cabeza del concejal Rolando González, advirtió que la secretaría no está cumpliendo con la orden y le pidió a las autoridades pertinentes que vigilen el cumplimiento de la disposición para que esta población en vulnerabilidad tenga acceso a estos recursos de aseo.
“Lastimosamente en Bogotá no hemos podido desarrollar un programa que permita que este fallo sea cumplido a cabalidad. Hago un llamado a las autoridades pertinentes, para que estas mujeres que fueron cobijadas por este fallo y que no cuentan con los recursos económicos para su higiene menstrual puedan recibir el suministro”, señaló González.
Finalmente, el concejal aseguró que el Distrito no cuenta con una política pública frente a este tema, por lo que las mujeres se han visto obligadas a utilizar algunos trapos que encuentran en la basura para poder cubrir esta necesidad.