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La Corte Suprema de Justicia acaba de tomar una determinación muy importante en relación con los aforados constitucionales que fueron condenados en única instancia o no se les garantizó la doble conformidad.
El alto tribunal determinó que a aquellos aforados que fueron condenados entre el 30 de enero del 2014 y el 17 de enero del 2018, podrán acceder a la impugnación de la doble conformidad.
La decisión de la Corte se tomó en relación con el caso del exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, en donde se le garantizó que su caso llegará hasta la Sala de Casación Penal. una sala que fue armada para revisar el proceso de Arias.
Este beneficio adoptado por el alto tribunal, también se aplicará para las personas que no son aforados constitucionales, pero que tampoco se les garantizó la doble conformidad, es decir, personas que fueron absueltas en primera instancia y condenadas en segunda instancia.
Por último, los procesos de gran relevancia para el país que podrían acceder a este beneficio son los casos de Odebrecht, el del Bernardo el “Ñoño” Elias, el del cartel de la toga, entre otros.